TIPOS DE IMPUESTOS
La importancia de conocer tus impuestos
Tipos de impuestos
Es importante saber las repercusiones que en la declaración anual de la renta pueden tener las actuaciones que una persona haya hecho en la notaría a lo largo del año natural. Son repercusiones no siempre bien conocidas y que conviene saber a la hora de declarar el valor de los bienes y para no llevarse sorpresas posteriores. Concretamente nos centraremos en las ganancias patrimoniales que pueden surgir al transmitir un bien inmueble (aunque es igualmente aplicable a otros bienes como acciones, vehículos etc).
¿Cúando debería preocuparme el IRPF en notaría?
Siempre que el valor de transmisión de un inmueble (declarado o comprobado), exceda del valor de adquisición del mismo.
Importante: Si la transmisión es por donación también puede surgir ganancia patrimonial en el IRPF del donante. No habrá ganancia sin embargo, si la transmisión es mortis causa.
¿Cómo calculo dichos valores?
Valor de adquisición: Se trata del importe real satisfecho en la adquisición al que debemos sumar gastos, impuestos pagados en la compra, inversiones y mejores realizadas en el inmueble.
Valor de venta: Importe real de la venta, restados gastos y tributos que deban soportarse.
¿Cuánto tendré que pagar?
El importe a pagar por este impuesto se estructura en varios tramos y es algo complejo de calcular, pero el tipo aplicable va desde el 19 al 23% de la ganancia obtenida.
¿Quién debe pagarlo?
En las compraventas y donaciones de inmuebles lo pagará el transmitente.
El Impuesto sobre el Valor Añadido se debe tener en cuenta en varias operaciones en Notaría, como primeras transmisiones que realicen promotores inmobiliarios o determinadas transmisiones de inmuebles entre empresarios.
¿Cuánto tendré que pagar?
El importe a pagar por este impuesto en la venta de inmuebles será del 4% para el caso de venta de vivienda de protección oficial (VPO), del 10% para el caso de venta de vivienda y del 21% para las ventas de locales o pisos destinados a un uso meramente turístico.
¿Quién soporta el coste?
El adquirente del bien será siempre quien acabe soportando el coste del impuesto.
La plusvalía municipal es un impuesto que afecta a muchas operaciones que implican la transmisión de bienes urbanos, como compraventas, donaciones o herencias.
¿Cuánto tendré que pagar?
El importe a pagar por este impuesto depende de muchos factores, como el tiempo que el vendedor haya tenido el bien en su poder o el precio por el que lo adquirió.
Es importante saber que si vende o transmite un bien por menos del valor por el que se adquirió no habrá que abonar importe alguno.
¿Quién debe pagarlo?
En las compraventas lo pagará el vendedor.
En las donaciones y herencias quien recibe los bienes.
¿Qué tiempo tengo para pagarlo?
Como regla general nosotros desde Notaría comunicamos a oficina liquidadora la transmisión y ellos comunican a los obligados el importe que les corresponderá abonar.
¿Dónde debo pagarlo?
Se trata de un impuesto municipal que habrá de abonarse según la notificación que les remitirán una vez comunicado.